Facultad de Derecho

Nuevos modelos de familia a partir de la diversidad y su necesaria protección constitucional

Comentario al artículo

Perilla Granados. 2024.

Familias diversas conformadas por sujetos expulsados de sus familias biológicas: una propuesta hermenéutica de protección constitucional.

Revista derecho del Estado. 60 (agosto 2024), 83–105.

Por: Ana Cristina González Rincón[1]

Uno de los cambios más relevantes en los últimos años (aunque no suficientemente discutido), se ha podido observar en la conformación de la familia. Su importancia radica en ser el núcleo o base de la organización social y, aunque tradicionalmente está compuesta por un grupo de personas unidas por valores, costumbres, consanguineidad e identidad comunes, actualmente se ha reformulado el concepto para hacerla más abierta y dinámica. En esa diversidad y apertura, el artículo de Perilla Granados analiza las familias formadas por personas LGBTQ+ que han sido expulsadas de sus familias biológicas debido a su identidad de género u orientación sexual. El autor argumenta que estas familias, si bien no están reconocidas expresamente en la legislación colombiana, sí cumplen con los principios constitucionales de la familia como núcleo fundamental de la sociedad y, por lo tanto, merecen protección legal.

La formación de familias diversas

La formación de familias diversas o no tradicionales (padre, madre e hijos) no es un fenómeno nuevo, se encuentra ligado al reconocimiento de la diversidad sexual y a las parejas homosexuales, aunque también pueden existir otras razones distintas de su formación. Por ejemplo, nuevas tendencias basadas en comportamientos sexuales, conyugales y reproductivos, ligados a su vez a transformaciones socioeconómicas, institucionales, ideológicas y en las relaciones de género (Lesthaegue, 1991 y Van de Kaa, 1987). Sobre éste último aspecto versa uno de los puntos centrales del autor en el artículo “Familias diversas conformadas por sujetos expulsados de sus familias biológicas: una propuesta hermenéutica de protección constitucional”, al afirmar a la exclusión social como una de las causas de la formación de familias diversas en Colombia. En efecto, el autor Juan Sebastián Alejandro explica cómo las personas LGBTQ+ expulsadas de sus hogares a menudo encuentran apoyo y solidaridad en comunidades similares, formando nuevas familias basadas en lazos afectivos y de apoyo mutuo. En este contexto, estas nuevas familias no pueden asemejarse a una sociedad, a un club o a un grupo de amigos, como bien explica el autor, pues la dinámica es plenamente familiar, con un alcance emocional en las relaciones y a través de la cohabitación.

A diferencia de las familias tradicionales, Perilla Granados destaca la observación de roles de género disruptivos, es decir, no tradicionales, como el de la “madre”, que puede ser asumido por una persona transgénero, un hombre gay, o cualquier otra persona que ejerza el rol de cuidado y liderazgo en el hogar. Sin embargo, aun y cuando cumplen con los papeles de una familia convencional, no cuentan con la garantía del ejercicio de los derechos y obligaciones de una, por lo que el principal problema aquí es la falta de igualdad y reconocimiento ante la ley.

Vacío legal y propuesta antiformalista

Si bien se trata de un fenómeno cada vez más común, lo cierto es que esas familias no se encuentran reconocidas por el ordenamiento jurídico colombiano, invisibilizándolas y desprotegiéndolas en derechos y obligaciones, como el derecho a la alimentación, los beneficios laborales, temas de sucesión y herencia, entre otros. En este sentido, Perilla Granados reconoce la falta de reconocimiento legal explícito para estas familias y propone una interpretación antiformalista de la Constitución colombiana, argumentando que el concepto de “voluntad responsable” para formar una familia, consagrado en el artículo 42 de la Constitución, debe interpretarse de manera amplia para incluir a las familias diversas formadas por personas LGBTQ+ expulsadas de sus hogares.

Otro punto importante para la protección legal y la garantía de derechos en las familias diversas es la propuesta del autor de utilizar la figura jurídica de la copaternidad o comaternidad para asegurar que los padres biológicos que expulsaron a sus hijos sigan cumpliendo con sus responsabilidades económicas y emocionales. Afortunadamente, en Colombia la copaternidad y la comaternidad han sido reconocidas en la jurisprudencia local, de ahí que se puedan exigir deberes y derechos a los sujetos obligados. Sin embargo, habría que pensar aquí en una posible dificultad para las personas que han sido expulsadas, de aceptar y promover una responsabilidad compartida respecto de sus padres biológicos, toda vez que, aunque algunos de ellos puedan ser menores de edad y los lazos familiares se mantengan con la familia biológica, la ruptura familiar es evidente, causada sobre todo por la no aceptación, el rechazo y, en su caso, el alejamiento de los miembros de la familia. En este sentido, quizá habría que tener en cuenta en algunos casos la decisión de no contacto con la familia biológica, aunque en el caso de los menores esta situación no es realista, pues la expulsión en ningún caso es sinónimo de emancipación.

Finalmente, el autor terminar instando al Estado a implementar políticas públicas que garanticen el acceso a servicios de salud, educación y seguridad social para estas familias.

La familia como garantía institucional protegida

Bien sea porque las tasas de natalidad han descendido de forma generalizada en el mundo, porque cada vez hay más personas que deciden estar solteras, por el reconocimiento de la diversidad sexual o por decisión propia, lo cierto es que las formas de convivencia y de familia han cambiado en el mundo. Así, existen diversas denominaciones: familias monoparentales, conformadas por un solo progenitor, responsable de la crianza de los hijos, familias reconstituidas, formadas por hijos no comunes, familias homoparentales, conformadas por personas del mismo sexo, familias multiculturales, etcétera. Aun con esa tipología, lo cierto es que cada una de ellas engloba una heterogeneidad de perfiles, características y situaciones entre sí, haciendo que cada familia sea única y diferente de las demás en su clase.

Por tanto, es imperante que existan leyes que garanticen esa heterogeneidad y la reflejen en sus marcos normativos, pues la familia en tanto garantía institucional, debe preservar su imagen maestra o contenido esencial, en la medida que se busque su preservación y no su desnaturalización (Cidoncha Martín, 2009, p. 151).

La familia puede ser el aspecto más importante en la vida de una persona, pues en ella no solo se busca la compartición de valores, ideas, costumbres y relaciones, sino que de su desarrollo y gestión depende en gran medida el presente y futuro de las personas, llegando a condicionarlas en cuanto a sus vivencias, sus recuerdos y sus metas. Por tanto, la familia debe ser considerada de vital importancia para la sociedad y en consecuencia para el derecho, en la medida que de ella emanan obligaciones pero también derechos fundamentales.

La teoría de la garantía institucional en el derecho fue creada por la doctrina alemana, con la finalidad de proteger frente al legislador a ciertas instituciones, como a la familia, en cuanto a la dirección, para que no limite la institución, en cuanto a la intensidad, para prevenirla de agresiones que hagan indisponible su imagen maestra, y en cuanto a la dimensión temporal, para que se determine su imagen en cada momento y época (Antela Garrido, 2004, pp. 195-196). Por tanto, no hay duda sobre la necesidad de tutelar y preservar el concepto de familia, en todas sus formas y dimensiones. En esa evolución, cabría preguntarse si se deben aceptar modelos  novedosos y emergentes de familia entre roomies y con mascotas, o inclusive, con el advenimiento de la inteligencia artificial si podremos avizorar el reconocimiento de modelos de familia con robots o dispositivos electrónicos. Quizá sea exagerado y adelantado opinar ahora sobre esta posibilidad, pero en el futuro cercano habrá que debatir y justificar otros modelos de familia en la sociedad.


[1] Doctora en derecho por el IIJ-UNAM y profesora en la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Cuajimalpa, CDMX.

Para citar: Ana Cristina González Rincón, “Nuevos modelos de familia a partir de la diversidad y su necesaria protección constitucional” en Blog Revista Derecho del Estado, 08 de febrero de 2025. Disponible en:  https://blogrevistaderechoestado.uexternado.edu.co/2025/02/08/nuevos-modelos-de-familia-a-partir-de-la-diversidad-y-su-necesaria-proteccion-constitucional/