Dinámicas de abuso sexual infantil en tiempos de cuarentena
Por: Maria Agustina Puebla
Columnista del Blog RDE
Introducción
El virus del SARS-CoV 2 fue descubierto en China a finales del año 2019, sin embargo comenzó a tomar protagonismo en el mundo en los meses de enero y febrero del año 2020. Cuando la enfermedad se convirtió en una pandemia, preservar la salud de la población mundial se convirtió en la prioridad no sólo de los organismos estatales y de organismos internacionales dedicados a la protección de los Derechos Humanos. Por este motivo, numerosas situaciones de violencia comenzaron a invisibilizarse cada vez más dejando desprotegidas a sus víctimas.
En los últimos tiempos, los gobiernos del mundo intentaron implementar medidas no restrictivas para convivir con la pandemia. Como en todos los casos, hay excepciones. Así, en marzo de 2022, el régimen chino continuaba aplicando su política de aislamiento y confinación de la población ante el rebrote de los casos de COVID en ciudades como Shenzhen y Shangai, por ejemplo.
En mayo de 2023, la Organización Mundial de la Salud declaró que la pandemia por COVID ya no es una emergencia sanitaria. De acuerdo con la Organización Panamericana de la Salud, esto significa que los Estados deben comenzar a controlar esta enfermedad como lo haría con cualquier otra enfermedad infecciosa; aunque el riesgo continúa.
Dinámicas del abuso sexual infantil. Una perspectiva foucaultiana
El pico de contagios y muertes producidos por la enfermedad se dio hace casi cuatro años, pero la variante JN.1 de COVID-19 ha hecho que aumenten los casos en algunos países de Sudamérica en estas últimas semanas. Sin embargo, el riesgo para la salud pública aún es bajo.
En Argentina, por ejemplo, se ha producido un aumento significativo de casos entre los últimos meses de 2023 y las primeras semanas de 2024. La principal recomendación es poner al día el esquema de vacunación, a pesar de haber recibido el esquema primario. Por otro lado, el Ministerio de Salud de Chile recomienda que las personas de los grupos de mayor riesgo se vacunen contra el COVID para estar preparados para el invierno. Al mismo tiempo, Perú también atraviesa un incremento de casos de COVID. Por lo tanto, el Ministerio de Salud recomienda que las personas que han sufrido de covid deben esperar un tiempo prudencial antes de recibir la dosis bivalente de la vacuna. Al mismo tiempo, se llama a la población a mantener las medidas de prevención como el uso de mascarillas en transporte público y sitios cerrados con escasa ventilación.
En otras palabras, las recomendaciones y las medidas que se están tomando a nivel gubernamental tienen como objetivo principal proteger la salud de los ciudadanos. En principio, estas medidas no afectan a otros derechos fundamentales, tal como ocurrió en el año 2020-2021 con la implementación de las cuarentenas en el mundo.
Si bien los tiempos de confinamiento van quedando cada vez más atrás en el tiempo, se puede hacer un análisis desde el modelo de la peste que proponía Foucault en su libro “Vigilar y Castigar”.
Según Castro, en este modelo de gestión “hay encierro, pero se configura de otro modo: no es la exclusión, sino la inclusión en un espacio urbano reticulado y el control minucioso del espacio de circulación” (Castro, 2020, p …) Así, la implementación de la cuarentena en Latinoamérica obligó a la población a recluirse en sus hogares con la finalidad de frenar la circulación del virus.
Se puede ver el poder del Estado moderno como un ente supraindividual que pretende ejercerlo “como una nueva forma de poder pastoral” (Foucault, 1988, p. 9). En este sentido, pretende salvar a los individuos a través de la fijación de metas más terrenales (Foucault, 1988): la salud física de la población es un bien jurídico fundamental a proteger a través de la implementación de la cuarentena. Por otro lado, “aumentaron los funcionarios del poder pastoral. Algunas veces se ejercía esta forma de poder por medio del aparato de Estado, o en todo caso, por una institución pública como la policía” (Foucault, 1988, p. 9): en este caso en específico, se ejerció el poder del Estado a través de un mayor control policial de los permisos de circulación dentro de las ciudades, o si se cumplían los horarios establecidos para salir de casa. Por último, “la multiplicación de las metas y los agentes del poder pastoral concentraron el desarrollo del conocimiento del hombre en torno a dos papeles: uno, globalizador y cuantitativo, relacionado con la población; el otro, analítico, relacionado con el individuo” (Foucault, 1988, p.10): en este caso, se habla de la protección de la población con la implementación de la cuarentena (globalizador y cuantitativo) a través del control exhaustivo de la vida del individuo en sociedad, limitando las posibilidades de contactarse con otros individuos en espacios como el trabajo, la escuela, el hospital, el parque por ejemplo.
Es decir, se trató de preservar a la salud física de las personas, pero se olvidó (o no se tuvo en cuenta al momento de diseñar las estrategias de prevención) otros aspectos relevantes de la vida, tales como la situación socioeconómica y la salud mental de los individuos.
En Argentina, por ejemplo, se creó un paquete de decretos de necesidad y urgencia que determinaba los alcances y la duración del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” lo que demuestra una “penetración del reglamento hasta los más finos detalles de la existencia y por intermedio de una jerarquía completa que garantiza el funcionamiento capilar del poder” (Foucault, s/f). En este intento por reglamentar todos los aspectos de la vida de los ciudadanos en cuarentena, se dejaron de lado situaciones de violencia y maltrato contra los niños, niñas y adolescentes, que se acrecienta con la implementación de un aislamiento obligatorio (sin contar el aislamiento en el que va trabajando el violento durante un período considerable de tiempo). En consecuencia, la víctima menor de edad queda expuesta a un peligro que ahora no puede repeler de ninguna manera, sobre todo si se trata de un menor de edad.
El abuso sexual se encuentra tipificado en el Código Penal Argentino como un delito contra la integridad sexual de las personas. Dentro de este delito, nos encontramos con una variante que ataca directamente a los menores de edad: el abuso sexual infantil. De acuerdo con Echeburúa y Guerrica Echevarría (2005) “en los abusos sexuales infantiles existe una asimetría entre aquellas personas que se encuentran implicados no sólo por la diferencia de edad sino también por la presencia de coerción implícita o explícita (…) Al no haber huellas fácilmente identificables, los abusos sexuales en niños pueden quedar más fácilmente impunes” (Echeburúa, Corral, Zubizarreta y Sarasua, 1995 en Echeburúa y Guerrica Echevarría, 2005).
La desigualdad existente entre victimario y víctima genera sumisión en esta última. Por lo tanto, no se puede hablar de acuerdo con Foucault (1988) del ejercicio de una relación de poder entre los integrantes de una familia en la cual se cometen abusos sexuales infantiles porque se carece de un elemento fundamental que es la libertad.
El cierre de espacios fundamentales de la vida social, como la escuela generó una pérdida de libertad por parte de los menores, ya que se han visto obligados a convivir todo el día y durante todas las semanas con sus abusadores. Para estos últimos, el encierro es la situación ideal para penetrar en todos los aspectos de la vida de los menores. En este sentido, la psicóloga Suana Toporosi afirma que “un abusador tiene un modo de funcionamiento mental en el que los chicos o las otras personas no son considerados sujetos (…) En general, lo que vemos es que las personas que son abusadoras, por lo general no sienten angustia ante lo que hacen. No piden ayuda.” (Helman, P. 2018)
Toporosi también afirma que el abuso sexual infantil “no es algo de lo que quienes lo padecen suelan hablar. Los signos de que un niño o niña puede estar viviendo una situación de este tipo aparecen de manera menos manifiesta” (Helman, P. 2018) Por lo tanto la escuela es el ámbito en el cual se pueden detectar comportamientos extraños en los estudiantes, llamados de ayuda silenciosos y desesperados y que pueden ser detectados a través de su comportamiento y su lenguaje (verbal o no verbal).
Con las clases impartidas por internet, este aspecto de la tarea de los docentes se vuelve mucho más complejo ya que varios alumnos acceden a las plataformas con cámara y micrófono apagados, lo que dificulta la relación entre estudiante y maestro o profesor. Probablemente este imperativo esté dado por el adulto abusador o por quiénes encubren su accionar, ya que no quieren que se perciba el estado físico y mental del menor de edad. En este sentido Toporosi afirma que el abusador no ve a la víctima “precisamente como un sujeto, como una persona que siente y que sufre. Por tanto realiza actos compulsivos que no puede parar de hacer (…) Tiene que ver con destruir al otro usando la sexualidad como arma (…) Predomina en ellos un odio temprano que los lleva a repetir estos actos compulsivos.” (Helman, P. 2018) Para ello, recurren a amenazas de diverso tipo, que pueden ir desde hacer daño físico a la propia víctima hasta otras relacionadas con otros miembros de su familia, por ejemplo “tu mamá no te va a querer más si lo contás.” (Helman, P. 2018)
En consecuencia los niños, niñas y adolescentes no pueden tener diversas conductas en cuarentena que reflejen el ejercicio de su propia libertad como sujetos, ya que todos sus esfuerzos están dirigidos a luchar contra su abusador. Tampoco sus reacciones pueden ser diversas, ya que se ha instalado en el inconsciente colectivo la idea de salir al mundo exterior lo menos posible debido a una amenaza latente que puede terminar con sus vidas llamada coronavirus. Sin embargo, sus vidas pueden tener otro triste final, que está relacionada con su propia familia y no por un virus desconocido.
Conclusión
Vivimos en un sistema social en el cual se han naturalizado distintas relaciones de dominación a lo largo de la historia. El concepto de propiedad, propio de una relación de una persona sobre una cosa se traslada a las relaciones interpersonales e incluso gubernamentales, sin ningún tipo de cuestionamiento. En tiempos de cuarentena, los gobiernos adoptan diversas medidas para evitar la propagación de una enfermedad potencialmente mortal. Los excesivos controles que se implementaron durante la pandemia revelaron que los gobiernos suelen comportarse como dueños de la vida de cada uno de los ciudadanos bajo el pretexto de cuidar la integridad física de los individuos. De la misma manera, los abusadores se creen dueños de los cuerpos y de la vida de sus víctimas, controlando minuciosamente sus actividades. En ambos casos, esto se materializa en la facultad de decidir que deben hacer o que no deben hacer los dominados.
Como miembros de la sociedad, debemos trabajar en desnaturalizar estas relaciones de dominación. También se debe desnaturalizar la mala costumbre de “no meterse” cuando otro ser humano está sufriendo una vulneración de sus derechos fundamentales. En el caso del abuso sexual infantil, estamos hablando de un grave ataque a la integridad física y sexual de un ser humano que aún está en formación biopsicosocial. Una buena forma para romper con estas cadenas de dominación consiste en difundir entre la población como se debe actuar frente a un caso de violencia sexual contra menores de edad.
Por último, la OMS recomienda que los gobiernos y los Estados conserven lo ganado en términos de capacidad nacional, y prepararse para eventos futuros con la finalidad de evitar un ciclo de pánico y descuido. Particularmente, los gobiernos latinoamericanos deberían aprender de las falencias que tuvo la gestión de la pandemia en relación a los derechos de los ciudadanos que no estaban vinculados con la salud. No proteger la integridad física y sexual de los niños, niñas y adolescentes que conviven con sus abusadores también afectará a su salud, no solo física sino también mental.
Referencias
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Bibliografía Consultada
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Para citar: Maria Agustina Puebla, “Dinámicas de abuso sexual infantil en tiempos de cuarentena” en Blog Revista Derecho del Estado, 23 de febrero de 2024. Disponible en: https://blogrevistaderechoestado.uexternado.edu.co/2024/02/23/dinamicas-de-abuso-sexual-infantil-en-tiempos-de-cuarentena/