Pensando a Oscar Correas y Peter Fitzpatrick: Voces en la era del silencio (I) Parte 1
Por: Miguel Rábago Dorbecker. Universidad de los Andes-Instituto Max Planck de Derecho Público Comparado y Derecho Internacional
Recientemente Oscar Correas nacido en 1943, falleció el 27 de abril y Peter Fitzpatrick nacido en 1941, abandonó esta distopia global el 20 de mayo. Dos de los principales pilares del pensamiento crítico a nivel global nos heredan su obra y un gran vacío. Sin duda, las condiciones de vida de la post guerra, dejó una marca inmarecible en sus bases teóricas, prácticas y humanas. Formaron parte de una generación comprometida por la denuncia autoritaria del Estado, de la exclusión y la violencia racial y sexual, como de la dominación y de la manipulación discursiva del derecho. Sin embargo, a pesar de que construyeron bases y puentes dialógicos para fomentar el pensamiento crítico, no se ha tomado mayor relevancia de su partida. Quizá no se trata de las obras ni de los autores, sino más bien, la causa sea porque a nadie le importa la Crítica Jurídica, y una de las lecciones más importantes de estos tiempos es que debemos estar atentos a no retroceder en los derechos y el regreso de los estados autoritarios. Hoy más que nunca es necesaria la crítica jurídica y hoy más que nunca Oscar y Peter nos hacen falta.
Estos breves textos Fitzpatrick. El derecho como mito de la modernidad y como resistencia; y ¿Qué nos queda del derecho sin ideología? O ¿Qué nos queda de la Crítica Jurídica Latinoamericana sin Oscar Correas? pretenden motivar a las lectoras o lectores para profundizar en sus obras teóricas y proyectos prácticos. Mientras haya derecho, siempre existirá la crítica jurídica que se distinga de la crítica por criticar, porque la resistencia tiene compromiso y capacidad. La calidad epistémica, metodológica, filosófica y su impacto en la academia y practica del derecho de estos dos autores, no nos compete defender, su obra está hecha. Esta no es una apología, es un agradecimiento y una invitación.
Fitzpatrick. El derecho como mito de la modernidad y como resistencia
Peter Fitzpatrick nació en Queensland, Australia y se desempeñó como profesor de derecho en la Facultad de Derecho en Birkbeck en la Universidad de Londres, así como profesor honorífico de la Universidad de Kent. Ambas instituciones destacan por congregar a académicos destacados del movimiento de Critical Legal Thinking en el Reino Unido. Birkbeck y Kent se han distinguido como lugares naturales para la interdisciplinariedad en el derecho y la incorporación de la teoría postestructuralista a la discusión jurídica; además de los estudios literarios, el psicoanálisis y los estudios postcoloniales. Resumidamente dichos espacios han sido oasis para el pensamiento crítico, sobre todo ante una creciente neoliberalización de las universidades y de la academia. Por esto la ausencia del Profesor Fitzpatrick afecta a toda la comunidad académica global de estudios críticos del derecho.
En el sentido poscolonial y decolonial, el Profesor Fitzpatrick no solo fue un activo crítico del carácter imperial del derecho, sino que mantenía una relación cercana con colegas del tercer mundo y en especial una experiencia como académico y asesor gubernamental en Papúa Nueva Guinea. (Paliwala, 2012) De ahí, que sus vivencias se plasmaron en Law and State in Papua New Guinea (Academic Press, 1980).
La praxis académica en Nueva Guinea, mantiene resonancias con las de otros intelectuales críticos como Boaventura de Sousa Santos en las favelas de Brasil, Cabo Verde y Mozambique o la de William Twining en Sudán.[1] Además que en el Reino Unido, esta generación de académicos que incluía también a Sol Piccioto, comenzaron su carrera académica en universidades del Tercer Mundo, que comenzaban a formarse en los nuevos estados recientemente descolonizados.(Harrington y Manji, 2017) Fitzpatrick representa una línea teórica claramente antiimperialista y un uso de la teoría postestructural y poscolonial. En su obra, hay un temprano develamiento del derecho como un aliado del imperialismo, incluidas algunas de sus textos que han sido traducidas al español y específicamente en Colombia como Law as Resistance: Modernism, Imperialism, Legalism (Ashgate, 2008).
Resistencia
La aportación de Fitzpatrick a la resistencia al derecho y por medio del derecho se inserta en un debate global sobre los usos y limitaciones del derecho. No sorprende que el El derecho como resistencia: modernismo, imperialismo, legalismo se haya traducido y publicado en Colombia apenas dos años después. La edición colombiana contiene comentarios a la obra por parte de María Carolina Olarte Olarte de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes y de Gustavo José Rojas Páez de la Universidad Libre.
La obra es traducida en un entorno de reflexión sobre las potencialidades del uso del derecho y concretamente de los medios constitucionales incluidos en la Constitución de 1991. El sentimiento de la época era de cierto desencanto por la vía jurisdiccional, una reflexión sobre el ataque del uribismo tardío al sistema de tutela y el ambiente de hastío con la violencia previo a los acuerdos de paz de La Habana. En este contexto es que encaja la propuesta de Fitzpatrick sobre el derecho como resistencia.
Dentro de la concepción de resistencia en el derecho de Fitzpatrick se asumen algunas de las críticas al movimiento de estudios críticos del derecho, sobre todo respecto al uso del derecho para conseguir avances sociales. En el contexto latinoamericano este es un matiz importante para evaluar la capacidad de viaje de la visión del derecho como resistencia; pues si bien la referencia de El derecho como resistencia se refiere expresamente a la crítica de Richard Delgado dentro de la teoría crítica de raza a los CLS (1987; Fitzpatrick, 2010, pp. 29-30), en el ámbito latinoamericano la crítica a la crítica del derecho no es contingente.(Hernández, 2012) Los ejemplos del constitucionalismo pluricultural y plurinacional, o reconocimiento de derechos de la naturaleza, además de la tradición del uso alternativo del derecho, así como la propia escuela de crítica del derecho en América Latina, han tenido otra relación con los usos del derecho que en los Critical Legal Studies (en adelante CLS). (Correas, 2013; de la Torre Rangel, 2006)
En el caso de Colombia, la recepción de Fitzpatrick y su reinterpretación se da en un ambiente intelectual en el que CLS ha calado fuerte, sobre todo en la Facultad de derecho de la Universidad de los Andes, pero a la vez en una geografía más amplia (América Latina) en el que las críticas de Delgado resuenan con la inmensa mayoría de la población, con excepción de una pequeña élite que ostenta privilegios de clase de en sociedades radicalmente desiguales, colonizadas y colonialistas internas.
Algunas críticas a la posición del uso del derecho para el cambio social en contextos de violencia habían sido esbozadas por Julieta Lemaitre en El derecho como conjuro. (2009, pp. 25-26.) En este contexto, la relación que hace Fitzpatrick de la clausura del uso del derecho para el cambio social y un imperialismo epistémico resulta esencial.
La resistencia en el derecho y del derecho sería un tema de larga duración en toda la obra de Fitzpatrick, desde la edición de Dangerous Supplements: Resistance and Renewal in Jurisprudence (1991). Más interesante para el campo del derecho internacional es su oposición de tal cuerpo jurídico frente al imperialismo del derecho estadounidense. (2003) Escrito en el incierto periodo entre los ataques del 11 de septiembre y la invasión de Iraq, el argumento principal de Fitzpatrick se sostiene en la ausencia de la forma nacional en el derecho internacional, aspecto duramente criticado desde el formalismo jurídico, como un aspecto que le permite ejercer cierta oposición al derecho nacional presentado como excepcionalismo norteamericano y con ello al imperialismo. (2003, p. 432; Constable, 2012, p. 15; Rana, 2010) Escrito bajo una contingencia muy específica, este carácter potencialmente antiimperialista del derecho internacional va a contrapelo de muchas de las posturas críticas del derecho internacional, en especial la de Anthony Anghie y Martti Koskenniemi que resaltan su carácter imperial. (2005; Eslava, Obregón y Urueña, 2016) Es esta relación entre el derecho, nación e imperialismo otro de los aportes esenciales de Fitzpatrick.
El mito del derecho moderno
La obra fundamental en sobre la modernidad del derecho es The Mythology of Modern Law (Routledge, 1992). Este libro fue traducido en México por Siglo XXI en 1998 con el título de La mitología del derecho moderno. El texto es precursor de la discusión sobre la relación entre derecho, raza e imperio que después se retomaría en el marco de TWAIL y en paralelo con Anthony Anghie. Sobre todo, en las propuestas de relectura de Francisco de Vitoria y su participación en la formación del derecho moderno y su carácter colonial.
A la par de las discusiones posestructuralistas sobre el significado de la modernidad, Fitzpatrick innovó en el campo del derecho a través de un método simple pero tristemente poco ortodoxo en la academia contemporánea: la lectura cuidadosa y crítica de la doctrina jurídica a través de diversas herramientas como la deconstrucción. Una lectura pausada parece reñir con el frenesí corporativo de la academia jurídica actual, en el que anglicismos como deadlines o palabras horrendas como procrastinar han plagado la forma de vida asocial de obsesivos profesores apolíticos, cegados por la “producción” y los “entregables”. Un lenguaje propio de la línea de producción o despacho de contadores, para algunos, parece inseparable de la producción crítica del derecho.
Si algo puede ser considerado el legado de Fitzpatrick es el de la lectura lenta, pausada y sesgada, así como la escritura de igual calidad. (Buchanan, et. al, 2012, p. 2) Esta idea en apariencia desfasada, resulta realmente contemporánea. La deconstrucción de textos de Hobbes, Hart o Austin es un recurso frecuente cuando abordaba temas como la mitología, la resistencia o el racismo e imperialismo consustancial al derecho moderno. (Martell, 2012)
El origen del derecho moderno es trazado en Francisco de Vitoria, es decir el momento histórico de completa concepción mundial y universalización de la cultura regional europea. Como momento fundacional del derecho moderno, dicha genealogía lo hace hijo del imperialismo. (Fitzpatrick, 2010, p. 160) La colonización de América y la discusión teológica suscitada sobre sus causas y legitimidad, se presentan como modelo jurídico para el imperialismo.
Justo la revisión de la obra de Vitoria como fundación del derecho moderno, tiene por objeto probar la remanencia de lo sagrado y lo mítico, es decir lo teológico en el derecho moderno. Lo que nos lleva a otra contribución de Fitzpatrick que es el rescate de la obra de Foucault en el contexto del derecho. Textos editados junta a Ben Golder hacia finales de la década de los dos miles, forman parte de un acervo intelectual crítico fundamental para mirar a la teoría del derecho desde Foucault. (2009: 2010)
Más allá de las aportaciones teóricas de Fitzpatrick, su cercanía a las causas antirracistas, antimperialistas y sobre todo su labor como formador de académicos será muy añorada. Su lectura lenta y sus formas académicas que mezclaban el rigor y la generosidad quedan documentadas en las diferentes notas de homenaje que dejan en el blog de Critical Legal Thnking grandes académicas y académicos que se formaron con él. (Golder y Lee, 2020; Bhandar y Ramshaw, 2020; Ramshaw, Tataryn y Birrell, 2020; Pahuja, 2020) La critica jurídica pierde a uno de sus grandes, pero esto no demerita la gran contribución teórica que sigue viva en sus escritos y las personas que han llevado sus teorías a lugares más radicales e incansables.
Bibliografía
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[1] Sobre las experiencias de Boaventura de Sousa Santos en Cabo Verde se puede consultar (2015) A Justiça Popular em Cabo Verde, Coimbra: Editora Almedina/Editora Cortez; en Mozambique: con João Carlos Trindade (2003) Conflito e transformação social: uma paisagem das justiças em Moçambique. Porto: Afrontamento y con Teresa Cruz e Silva (2004) Moçambique e a Reinvençao da Emancipaçao Social. Centro de Fromaçao Jurídica e Judiciária; y en Macao: (1991), “A Justiça e a Comunidade em Macau” Revista de Cultura, 15, 125-143.Los años de Twining en Sudán se describen en Cartografiar el Derecho, en (2003) Derecho y Globalización. Bogotá: Universidad de los Andes-Pontificia Universidad Javeriana-Siglo del Hombre, pp. 173-178.