Facultad de Derecho

Comentario al artículo “Emergencia del derecho a la alimentación: Latinoamérica en la construcción del régimen internacional de los derechos humanos”

Comentario al artículo

Emergencia del derecho a la alimentación: Latinoamérica en la construcción del régimen internacional de los derechos humanos

Revista Derecho del Estado, No.51, enero-abril de 2022. 369-387.

Lea más sobre el tema de la entrada en nuestra Revista:

Publicidad para enfermar: restricciones al mercadeo de productos alimenticios ultraprocesados dirigido a niños y niñas en la Constitución colombiana

Emergencia del derecho a la alimentación: Latinoamérica en la construcción del régimen internacional de los derechos humanos

Hacia el alineamiento global en la armonización regional: la regulación de los aditivos alimentarios en el Mercosur

Por: María Agustina Puebla[1]

Introducción

En el artículo, Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento analizan el proceso de creación de la normas jurídicas. Para realizar este trabajo, los autores se basan en el enfoque metodológico de Rosert, quien sostiene que el proceso de creación de la norma atraviesa cuatro etapas fundamentales: la adopción del problema por parte de los emprendedores de la norma, creación del asunto en la esfera pública, introducción de la norma en una esfera deliberativa institucional y por último la creación de la norma propiamente dicha en negociaciones multilaterales (Rosert, 2019, en Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento, 2022).

Específicamente, los autores toman como objeto de estudio el derecho a la alimentación. De acuerdo con Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento (2022), este derecho se plasma en la Declaración Universal sobre los Derechos del Hombre como un elemento indispensable para el desarrollo de otros derechos fundamentales de los seres humanos, tal como el derecho a la vida y el derecho a la dignidad humana. Además es necesario recalcar que “(…) hasta antes de 1948 la alimentación no se había concebido como un derecho humano universal, y fueron las circunstancias emergidas de la II GM las que motivaron a la comunidad internacional para comenzar a trabajar en este asunto; sin embargo, es con la inclusión del concepto de “seguridad alimentaria” que esta norma finalmente adquiere un carácter específico que permite su exigencia” (Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento, 2022, p. 21).

            También se resalta el importante rol que tuvo el representante de América Latina, Ricardo Alfaro, en el proceso de redacción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). Los autores mencionan que Alfaro presentó un modelo de declaración de derechos que reconocía libertades políticas y económicas, como así también el derecho a la educación, al seguro social y al trabajo. Este trabajo sirvió como base para la Declaración de Derechos Humanos Esenciales, confeccionado por el Instituto de Filadelfia (Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento, 2022).

En otras palabras, Latinoamérica a través de su representante incorpora una vanguardista idea: no es posible que se garantice el cumplimiento de derechos inherentes a todos los seres humanos si no se cuenta con el reconocimiento y efectivo cumplimiento de derechos económicos, políticos, sociales y culturales. En este sentido, Alfaro sostuvo que “los derechos a la vida, la libertad y la felicidad no podrían ser cumplidos a cabalidad si los Estados no promueven las condiciones necesarias para garantizar que los individuos no vivan en la miseria y no carezcan de aspectos básicos como el acceso a la alimentación, al agua y a la sanidad” (Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento, 2022, p.18).

El derecho a la alimentación en América Latina hoy

En el artículo analizado, Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento sostienen que frente a indeseables problemáticas sociales, como el hambre, hay actores sociales que plantean estos asuntos como realmente importantes a nivel internacional. Según Rosert (2009) esta situación encuadra en la primera fase del proceso de emergencia de las normas. Ahora bien, Zwingel añade que estos actores también se van a comprometer en la posterior creación y difusión de las normas jurídicas, lo que correspondería a las consecuentes etapas del proceso de creación de las normas.

En el siglo pasado, la región tuvo un papel fundamental en el reconocimiento a nivel normativo del derecho a la alimentación, debido al ejemplar rol de sus representantes. Se puede decir que este reconocimiento normativo es el cierre de una primera etapa en el proceso de emergencia de normas. Sin embargo, tal como sostienen Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento, este proceso no tiene un final tan claro.

Específicamente, en materia alimentaria, la problemática siempre se mantiene en la agenda pública, debido a su relevancia y a su impacto en la calidad de vida de los seres humanos.  En la actualidad, la región se ha comprometido con el deber de erradicar completamente el hambre a través del programa “América Latina y el Caribe Sin Hambre 2025”.  

En este sentido, la FAO sostiene que “América Latina y el Caribe está en la vanguardia de la lucha mundial contra el hambre. Es la región que mayores avances ha hecho en los últimos veinte años, reduciendo el porcentaje y el número total de personas que sufren hambre.” (Oficina Regional de la FAO para América Latina y el Caribe, 6).

Sin embargo, las tasas de hambre son cada vez más crecientes y preocupantes. En el último año, el número de personas con hambre en la región aumentó en 4 millones según la Oficina Regional de la FAO para América Latina y el Caribe. Publicaciones de la SOFI[2] afirman que el hambre prácticamente se ha duplicado en América del Sur en los últimos siete años. De acuerdo con declaraciones brindadas por el representante regional de la FAO, Julio Berdegué a la agencia de noticias EFE, Latinoamérica ya ha perdido veinte años en la lucha contra el hambre. Al mismo tiempo, la situación de la seguridad alimentaria en la región continúa empeorando.

En este sentido, autores como Vivero y Porras (s/f) sostienen que la seguridad alimentaria[3] en Latinoamérica enfrenta graves problemas debido a un acceso desigual a los recursos. Así, hay sectores con menores ingresos que no pueden ni comprar ni producir alimentos que se ofrecen normalmente en el mercado. Sostienen asimismo que “los programas de seguridad alimentaria tienen como objetivo encontrar soluciones rápidas y de amplia envergadura para reducir drásticamente el número de los que padecen hambre” (Vivero y Porras, s/f, p.12).

Del mismo modo, Vivero Pol (2009) brinda diversos argumentos según los cuales se debe acabar con el hambre en la región. Afirma que es una meta posible, ya que América Latina y el Caribe tiene capacidad institucional, financiera, natural y de recursos humanos para acabar con el hambre.

También se vislumbran como ciertas ONG trasnacionales, a través del activismo logran (o intentan, en otros casos) crear vínculos de cooperación con los gobiernos para mantener e incluso impulsar agendas particulares relacionadas con los derechos mencionados ut supra (Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento, 2022).

Particularmente interesante es la tarea de la ONG “Acción contra el Hambre”, que desarrolla su actividad humanitaria en África, Latinoamérica, Europa, Asia y Oriente Próximo. Además, tiene sedes en Estados Unidos, Canadá y Europa.

En su página web, esta ONG afirma que su incidencia “tiene como objetivo realizar cambios duraderos en las políticas, en las prácticas y en las capacidades de intervención con el fin de poner fin al hambre y la desnutrición (…) influyendo en los responsables de la toma de decisiones políticas y económicas y movilizando el apoyo público” (Acción contra el Hambre, s/f). En este sentido, cuenta que su tarea se basa en cinco pilares fundamentales, entre los que se encuentran: la promoción del acceso sostenible a alimentos y agua, como así también acceso a saneamiento e higiene para prevenir la desnutrición; junto con la idea de impulsar el cambio en cuestiones humanitarias a nivel global. Sería ideal que los gobiernos de la región tengan en cuenta los informes que periódicamente elaboran ONG’s como la nombrada anteriormente, las cifras de la FAO y las opiniones de expertos en el tema para “reforzar” la vigencia del derecho a la alimentación; a través de la creación y/o revisión de programas de lucha contra el hambre y la desnutrición.

Si bien el derecho a la alimentación y a la seguridad alimentaria se encuentran reconocidos normativamente en el artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, queda claro que en América Latina aún hay un gran camino por recorrer para garantizar plenamente la vigencia de estos derechos; junto con el acceso a los alimentos por parte de todos los ciudadanos de la región, sin importar su condición social, sexo, raza o ubicación geográfica.

Conclusión

A través del análisis de documentos académicos, doctrina, artículos periodísticos y sitios web de diversas ONG, se comprueba que la segunda etapa del proceso de creación de las normas sigue vigente, tal como sostienen Valbuena Latorre y Badillo Sarmiento (2022). La lucha contra el hambre, la desnutrición severa en menores de edad y la garantía de una seguridad alimentaria para todos los ciudadanos de América Latina, sin importar su condición, está más que vigente. A pesar de que el derecho a la alimentación ya esté reconocido en instrumentos de protección de Derechos Humanos a nivel regional e internacional, las problemáticas derivadas de la violación de este derecho no han abandonado la agenda pública.

En palabras de los autores mencionados ut supra, cambió el objeto de las protestas: ya no se habla del reconocimiento del derecho en una documento internacional como un norte a seguir, ahora se habla de mecanismos que permitan la protección del derecho ya reconocido años atrás. Esta protección es aún más necesaria cuando los informes regionales demuestran que la pobreza y el hambre se han incrementado de manera preocupante en los últimos años, producto de la combinación de crisis naturales, migratorias, pandémicas y pos pandémicas. Si a esta aterradora mixtura se le suma la inacción de los gobiernos, o un pobre manejo de la cuestión (en el mejor de los casos) nos encontramos con terribles consecuencias para la población latinoamericana.

Tal como lo señalan los objetivos de desarrollo sostenible, es necesario una alianza entre diversos actores de la sociedad civil para lograr el objetivo de hambre cero. Será tarea de los gobiernos, de las ONG’s e incluso de las empresas trabajar en conjunto para desarrollar políticas públicas que permitan erradicar el hambre en cada uno de los países que integran América Latina, y también en América Latina como región.

Quizá esta labor implique también repensar los criterios de justicia que se tienen en cuenta a la hora de debatir y elaborar estas políticas. Asimismo será necesario analizar cuáles son las partidas presupuestarias destinadas a la alimentación en cada país de la región y cómo son ejecutadas las mismas.

Probablemente, mientras se desarrollen estas tareas, nacerán nuevos reclamos por parte de la sociedad civil y se podrán identificar nuevamente las cuatro etapas del proceso de creación de las normas de Rosert. Estarán vinculadas con el derecho a la alimentación; posiblemente también estén relacionadas con otros derechos, como el acceso a la información pública, la transparencia institucional y la rendición de cuentas por parte de los funcionarios públicos.

Por  último, y no por ello menos importante, será necesario combatir con otro mal endémico en la región: la corrupción estatal, que perjudica a todos los ciudadanos de un país y que atenta contra la vida, la libertad y la felicidad de los seres humanos.

Referencias Bibligráficas

“Acción contra el Hambre alerta de “la mayor crisis del coste de la vida del siglo XXI” en América Latina” (31 de julio de 2022) La Nación. [En línea] Disponible en https://www.lanacion.com.ar/agencias/accion-contra-el-hambre-alerta-de-la-mayor-crisis-del-coste-de-la-vida-del-siglo-xxi-en-america-nid31072022/

“América Latina ha perdido 20 años de lucha contra el hambre, dice la FAO” (7 jul. 2022) EFE: Agencia EFE Edición América [en línea] Disponible en https://www.efe.com/efe/america/sociedad/america-latina-ha-perdido-20-anos-de-lucha-contra-el-hambre-dice-la-fao/20000013-4846087

Incidencia. Acción Contra el Hambre (s/f) [en línea] Disponible en https://www.accioncontraelhambre.org/es/que-hacemos/incidencia

“En un año, el número de personas con hambre América Latina y el Caribe creció en 4 millones” (06/06/2022) Oficina Regional de la FAO para América Latina y el Caribe [en línea] Disponible en https://www.fao.org/americas/noticias/ver/es/c/1585480/

Oficina Regional de la FAO para América Latina y el Caribe (s/f). [en línea] Disponible https://www.fao.org/americas/acerca-de/es/

Valbuena Latorre, P y Badillo Sarmiento, R. Emergencia del derecho a la alimentación: Latinoamérica en la construcción del régimen internacional de los derechos humanos. En Revista Derecho del Estado, Universidad Externado de Colombia N° 51, enero-abril de 2022, 359-387

Vivero, J y Porras, C. (sin fecha) “¿Es posible una América Latina sin hambre en el 2025?” [Archivo PDF] Recuperado de https://cronicon.net/paginas/soberaniaalimentaria/Documentos/Es%20posible%20America%20Latina%20sin%20hambre%202025.pdf  

Vivero Pol, J.L (2009) “El hambre en América Latina: Desde los derechos humanos hasta la soberanía alimentaria” Revista Éxodo n° 97, Febrero. Pp. 10-17. Madrid.  [Archivo PDF] Recuperado de https://www.researchgate.net/profile/Jose-Vivero-Pol/publication/289523400_El_hambre_en_America_Latina_Desde_los_derechos_humanos_hasta_la_soberania_alimentaria/links/568e64b408aeaa1481b0160c/El-hambre-en-America-Latina-Desde-los-derechos-humanos-hasta-la-soberania-alimentaria.pdf

“Tres estudios de Acción contra el Hambre evidencian el aumento del hambre por la COVID-19 en América Latina” (26 de febrero, 2021) CAOINGD Coordinadora Andaluza de ONGD [en línea] Disponible en https://caongd.org/tres-estudios-de-accion-contra-el-hambre-evidencian-el-aumento-del-hambre-por-la-covd-19-en-america-latina/

Bibliografía Consultada.

Ramírez V, E (Octubre 2003) “Estructura y evolución de las políticas de lucha contra el hambre y la pobreza rural en América Latina” [Archivo PDF] Recuperado de https://www.rimisp.org/wp-content/files_mf/files_mf/135937793914.pdf

Viveros, J.L y Almeida Filho, N. (2008) “La consolidación del hambre y del derecho a la alimentación en las agendas políticas de América Latina” [Archivo PDF] Recuperado de https://ageconsearch.umn.edu/record/109439/


[1] Abogada y Procuradora egresada de la Universidad Nacional de San Luis (Argentina), sumamente interesada en las tareas de docencia e investigación, especialmente en el área de Derechos Humanos. Pasante en el Proyecto de Investigación PROICO Nº 15-0120 “Derecho y lenguaje: Delimitación y Alcance de Criterios Judiciales” de la Universidad Nacional de San Luis. Pasante en la asignatura “Finanzas Públicas y Derecho Tributario” correspondiente a la carrera de Abogacía en la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de San Luis. Correo electrónico: mariaagustinapuebla.5a@gmail.com

[2] El SOFI es “una publicación conjunta de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Programa Mundial de Alimentos (PMA) y la Organización Mundial de la Salud (OMS)”

[3] De acuerdo con José Luis Vivero, es muy complejo definir qué se entiende por  seguridad alimentaria, ya que abarca conceptos tales como producción y acceso a bienes y servicios, junto con la estabilidad y el consumo respecto de salubridad, nutrición y aspectos culturales.


Para citar: María Agustina Puebla, Comentario al artículo “Emergencia del derecho a la alimentación: Latinoamérica en la construcción del régimen internacional de los derechos humanos”, 9 de diciembre de 2022. Disponible en: https://blogrevistaderechoestado.uexternado.edu.co/2022/12/09/comentario-al-articulo-emergencia-del-derecho-a-la-alimentacion-latinoamerica-en-la-construccion-del-regimen-internacional-de-los-derechos-humanos/